Una vez acordado el precio de la vivienda, se
suelen entregar cantidades a cuenta para afianzar el compromiso
en tanto se resuelven los términos pendientes para la celebración
final del contrato de compraventa (ej.: verificaciones pendientes,
solicitud del préstamo hipotecario para la adquisición,
etc).
La fórmula y cuantía a elegir depende del grado de compromiso que
quieran alcanzar las partes. De menor a mayor grado, las fórmulas serían
la señal y la opción.
En el caso de la entrega de una cantidad en concepto de señal o arras,
el comprador puede perder el importe entregado si decide finalmente no comprar
la vivienda, o percibirlo duplicado en el caso de que quien decida no consumar
la compraventa sea el vendedor. Cuanto mayor sea la cuantía, mayor será el
compromiso entre las partes.
Otra formula es la opción. En este caso, el vendedor confiere una opción
de compra por un precio determinado al comprador. Llegado el vencimiento de la
opción, si el comprador decide ejercerla el vendedor tiene la obligación
de materializar la compraventa.
Obviamente el mayor grado de compromiso se alcanza formalizando directamente
el contrato de compraventa, en el que la cantidad entregada inicialmente es parte
del pago total pactado.
Como ejemplo, un vendedor aceptaría una señal por una cuantía
pequeña, concedería una opción siempre que el importe no
fuese inferior al 10/20% del precio acordado y firmaría un contrato de
compraventa cuando la entrega inicial fuese superior a un 20/30% de dicho precio.
Recuerde: La fórmula a elegir para instrumentar las
cantidades a cuenta depende del grado de compromiso que se quiera
asumir: desde la señal hasta el pago como parte del precio
en el contrato de compraventa. No olvide pedir al vendedor justificantes
de las cantidades entregadas.