Dentro de los gastos que se generan en la operación
de compraventa,existen una serie de impuestos:
Impuestos sobre la Transmisión:
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Con
carácter general grava las transmisiones de
la vivienda, cuando esta transmisión se realice
por el promotor. Se calcula aplicando un porcentaje
sobre el precio de la compraventa.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Con
carácter general grava las transmisiones de
la vivienda, cuando esta transmisión se realiza
entre particulares o se trata de una segunda transmisión
realizada por una empresa que esté sujeta a
IVA. Se calcula igual que el anterior.
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD):
Grava los documentos notariales, en este caso la escritura
de compraventa. Se calcula igual que los anteriores.
Estos impuestos se aplican en función del vendedor
de la vivienda y del Tipo de la misma, según el
siguiente cuadro:
Vivienda nueva
Vivienda
nueva (VPO)
Vivienda usada
IVA:
7% y
AJD: 0,5%
IVA:
4% y
AJD: 0,5%
ITP:6%
o 7% según
Comunidad Autónoma
Plusvalía:
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos:
Es un impuesto de carácter municipal. Grava
el incremento de valor de la vivienda que se produce
al transmitirse. En su cálculo intervienen una
serie de baremos relativos al lugar y tiempo transcurrido
desde la última transmisión.
Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI):
Grava la titularidad de la vivienda. Se calcula
aplicando un porcentaje sobre el valor Catastral de
la misma. El vendedor debe estar al corriente del pago
de dicho impuesto antes de transmitir la vivienda.
En relación al Préstamo Hipotecario, el impuesto aplicables
es el de Actos Jurídicos Documentados:
Grava los documentos notariales, en este caso la escritura
de hipoteca. Se calcula aplicando el 0,5% sobre el valor
de la responsabilidad hipotecaria.
Salvo pacto
entre la partes, el pago de estos impuestos corresponde:
Al Comprador: Debe pagar tanto los impuestos que
gravan la transmisión como el de constitución
de hipoteca.
Vendedor: Le corresponde la Plusvalía y
estar al corriente del pago del IBI.
Recuerde: No se olvide a la hora de fijar el precio tener
en cuenta el importe de todos los impuestos y determinar en el
contrato de compraventa quién realizará el pago
de los mismos. Como puede ver son cantidades importantes.